En Fundación ANAR gestionamos el 116 000, número armonizado de la UE para gestionar estos casos. Te dejamos estas guías de orientación, prevención y actuación para estos casos de niños y niñas desaparecidos.
al siguiente código:
Equivalen a dar solución a 2 peticiones de ayuda de un menor de edad, a cualquier hora del día o de la noche.
Es el coste que tiene que 4 de niños/as y adolescentes que necesitan orientación legal o social puedan tenerla.
Salvarían la vida de 5 niños/as o adolescentes cuyas vidas pueden estar en peligro y requieren una respuesta inmediata.
Cuando te unes a ANAR ya sea como socio o donante puntual, haces que la vida de millones de niños cambie. ANAR con tu aportación consigue garantizar la promoción y defensa de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes en nuestro país.
ANAR se financia con contribuciones voluntarias de particulares, empresas e instituciones públicas y privadas.
La mayoría de los fondos son destinados a los programas que la Fundación ANAR tiene vigentes. Estos programas son: las Líneas de Ayuda ANAR, los Hogares de Acogida ANAR, el centro de Estudios e Investigación y Colegios e Institutos.
Para hacerte socio de ANAR necesitamos que nos facilites tus datos de contacto y que elijas la cantidad que deseas aportar de forma mensual, trimestral, semestral o anual. Puedes hacer lo a través de la web, por teléfono en el 900 92 82 92 de 9 a 20 horas, o escribiéndonos un mail a [email protected]
Una vez que te das de alta como socio recibes las siguientes comunicaciones:
Tienes muchas formas. Descúbrelas
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*El resultado que se muestra es orientativo y puede variar en función de la comunidad autónoma y de aportaciones anteriores a la misma organización.
Donante | Importe | Deducción |
Persona Natural
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Hasta 250€ | 80% |
Resto | 40% o 45%* | |
Persona Juridica | Todo el Importe | 40% o 50%* |
*Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.
El límite de la deducción sobre la base liquidable aumenta al 15%. (Deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) 1de la ley 6/2023, del 19 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.